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ESTADOS UNIDOS
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- Resumen del Convenio con la Universidad de Arizona - Recinto de Río Piedras, Facultad de Derecho
- Resumen del Convenio con AT&T Wireless Services Puerto Rico y Worcester polytechnic Institue - Recinto Universitario de Mayagüez
- Resumen del Convenio con Brooklyn Collage - Recinto de Río Piedras, Facultad de Educación
- Resumen del Convenio con Case Western Reserve University - Administración Central
- Resumen del Convenio con University of Central Florida - Recinto de Mayagüez, Colegio de Ingeniería
- Resumen del Convenio con el Centro Nacional de Astronomía e Ionosfera y el Observatorio de Arecibo - Recinto de Río Piedras, Facultad de Ciencias Naturales
- Resumen del Convenio con American Humanics, Inc. - Recinto de Río Piedras, Escuela Graduada de Planificación
- Resumen del Convenio con University of Florida - Recinto Universitario de Mayagüez
- Resumen del Convenio con University of Georgia - Recinto Universitario de Mayagüez
- Resumen del Convenio con Iowa State University - Recinto de Río Piedras, Facultad de Educación
- Resumen del Convenio con la Universidad de Kentucky - Recinto de Ciencias Médicas
- Resumen del memorando de Entendimiento con la Universidad de Kentucky (Transatlantic Health Science Consortium) - Recinto de Ciencias Médicas
- Resumen del Convenio con University of Lehigh - Recinto Universitario de Mayagüez
- Resumen del Convenio con University of Massachussetts at Amherst - Recinto Universitario de Mayagüez
- Resumen del Convenio con University of Miami - Recinto Universitario de Mayagüez
- Resumen del Convenio con la Universidad de Minnesota Recinto de Río Piedras, Facultad de Derecho
- Resumen del Convenio con The State University of New York - Recinto Universitario de Mayagüez
- Resumen del Convenio con Ramapo College of New Jersey - Recinto de Río Piedras
- Resumen del Convenio con The University of Rhode Island - Recinto Universitario de Mayagüez
- Resumen del Convenio con Rutgers University - Recinto de Río Piedras
- Resumen del Convenio con Rutgers University - Administración Central
- Resumen del Convenio con Southwest Texas State University - Recinto de Río Piedras
- Resumen del Convenio con State University of New York at Oswego - Recinto de Río Piedras
- Resumen del Convenio con The Stat University of New York College at Old Westbury - Recinto de Río Piedras
- Resumen del Convenio con Trenton State College - Recinto de Río Piedras
- Resumen del Convenio con Valencia Community College - UPR en Carolina
- Resumen del Convenio con la Universidad de Warwick - Recinto de Río Piedras
- Resumen del Convenio con The University of Wisconsin-Madison - Recinto de Ciencias Médicas
- Resumen del Convenio con Worcester Polytechnic Institute - Recinto Universitario de Mayagüez
- Resumen del Convenio con Worcester State College, Worcester, Massachusetts - UPR en Cayey
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RESUMEN DEL CONVENIO CON LA
UNIVERSIDAD DE ARIZONA
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Convenio del 19 de mayo de 1988
Unidad: Recinto de Río Piedras, Facultad de Derecho
Vigencia: 19 de mayo de 1988 (renovado 1993) – indefinido |
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RESUMEN
El objetivo principal del convenio es establecer un programa de intercambio de estudiantes de derecho entre la Universidad de Arizona y la Facultad de Derecho de la UPR.
INTERCAMBIO DE ESTUDIANTES
Selección de los Participantes:
Los estudiantes participantes deberán ser estudiantes regulares de derecho y tener un promedio académico satisfactorio. La selección de los mismos se basará en su calidad, su dominio de las lenguas y su interés en el programa.
Aspectos Económicos:
El estudiante estará a cargo de sus gastos personales (vivienda, matrícula, libros, materiales, seguro médico, etc.)
Seguro Médico:
El estudiante estará a cargo de tener su propio plan médico.
Derechos y Deberes:
Los estudiantes de intercambio deberán cumplir con todas las reglas y reglamentos de la universidad receptora.
Matrícula:
Los estudiantes pagarán su matrícula en su universidad de origen, pero tomarán una carga académica completa en la institución receptora.
Calificaciones y Créditos:
Se acreditarán semestralmente en la universidad de origen según los estándares de la escuela de derecho de origen.
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RESUMEN DEL CONVENIO CON
AT&T WIRELESS SERVICES PUERTO RICO Y
WORCESTER POLYTECHNIC INSTITUE
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Convenio del 11 de febrero de 1997
Unidad: Recinto Universitario de Mayagüez
Vigencia: 11 de febrero de 1997 – indefinido |
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RESUMEN
El objetivo principal del convenio entre el Recinto Universitario de Mayagüez, el Worcester Polytechnic Institute y AT&T Wireless Services Puerto Rico es crear el AT&T Wireless Services Puerto Rico Engineering Scholarship. Esta beca se le otorgará a un estudiante de ingeniería del Recinto Universitario de Mayagüez para que curse estudios graduados en el Worcester Polytechnic Institute en un área relacionada con las telecomunicaciones.
BECA
Requisitos para cualificar:
*El candidato deberá estar en su último año de Bachillerato en Ciencias con concentración en Ingeniería Eléctrica o de Computadoras, o alguna otra disciplina de importancia central para la industria de las telecomunicaciones.
*Tener un promedio académico no menor de 3.25, destrezas de liderazgo, historial de servicio a la comunidad, conducta excelente e intenciones de obtener una maestría.
*Deberá haber sido admitido al programa graduado de Worcester Polytechnic Institute y demostrar que necesita ayuda económica.
Monto:
AT&TW Puerto Rico otorgará al estudiante seleccionado $15,000 por año durante dos (2) años máximo.
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RESUMEN DEL CONVENIO CON
BROOKLYN COLLEGE
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Convenio del 9 de junio de 1997
Unidad: Recinto de Río Piedras - Facultad de Educación
Vigencia: 9 de junio de 1997 – indefinido |
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RESUMEN
El objetivo principal del convenio es establecer lazos de colaboración para llevar a cabo la actividad anual del instituto de verano “Building Partnerships between Teachers from New York and Puerto Rico”. Este acuerdo vincula a la Facultad de Educación, Universidad de Puerto Rico, Recinto de Río Piedras con el Specialized Program de Brooklyn College.
INSTITUTO DE VERANO
El Instituto de Verano es una actividad colaborativa en la cual participan maestros del sistema público de Nueva York y de Puerto Rico. La base de la actividad es la discusión, el análisis, la investigación y el desarrollo de materiales concernientes a los estudiantes migrantes. Cada año se seleccionará un tema especial para complementar el tema de la migración estudiantil. El Instituto se organiza mediante cursos, conferencias, talleres, excursiones, visitas a escuelas u otras actividades pertinentes al tema. Dura dos semanas. |
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RESUMEN DEL CONVENIO CON
CASE WESTERN RESERVE UNIVERSITY
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Convenio del 23 de enero de 2001
Unidad: Administración Central
Vigencia: 23 de enero de 2001– indefinido |
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RESUMEN
El objetivo principal del convenio es establecer los derechos y deberes de ambas instituciones respecto a derechos de propiedad intelectual, luego de que dos participantes del programa de colaboración entre las dos entidades inventaran el SCANNING FORCE MICROSCOPE WITH HIGH-FREQUENCY CANTILEVER. |
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RESUMEN DEL CONVENIO CON
UNIVERSITY OF CENTRAL FLORIDA
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Convenio de julio de 1993
Unidad: Recinto Universidad de Mayagüez – Colegio de Ingeniería
Vigencia: Otoño de 1993 – indefinido |
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RESUMEN
El objetivo principal del convenio es crear un programa de traslado de estudiantes a nivel subgraduado entre The University of Central Florida y el Recinto Universitario de Mayagüez, donde el estudiante participante completará dos años de estudios en el Recinto y luego se trasladará a The University of Central Florida para completar el resto de su grado en ingeniería.
INTERCAMBIO DE ESTUDIANTES
Selección de los Participantes:
El estudiante que se traslade del Recinto Universitario de Mayagüez a The University of Central Florida deberá cumplir con los requisitos de admisión de traslados de dicha Universidad.
Aspectos Económicos:
El estudiante que se traslade a University of Central Florida del Recinto Universitario de Mayagüez pagará el mismo costo por crédito que los residentes del estado de Florida.
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RESUMEN DEL CONVENIO CON EL
CENTRO NACIONAL DE ASTRONOMÍA E IONOSFERA
Y EL OBSERVATORIO DE ARECIBO
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Convenio del 1 de marzo de 1997
Unidad: Recinto de Río Piedras - Facultad de Ciencias Naturales
Vigencia: 1 de marzo de 1997 – indefinido |
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RESUMEN
El objetivo principal del convenio es establecer un programa de colaboración entre el Observatorio de Arecibo, el Departamento de Física del Recinto de Río Piedras de la Universidad de Puerto Rico y el Centro Nacional de Astronomía e Ionosfera de Estados Unidos. Este Programa proveerá incentivos, tanto materiales como académicos, para que profesores potenciales realicen trabajos de investigación utilizando las instalaciones del Observatorio.
PROGRAMA DE CIENTÍFICOS VISITANTES EN EL OBSERVATORIO DE ARECIBO
Selección de los Participantes:
Los candidatos para el Programa tienen que tener un doctorado en un área pertinente y estar participando activamente en investigaciones relacionadas con el programa de investigación del Observatorio, según evidenciado en su curriculum vitae.
La participación en el Programa tendrá una duración de tres años y será renovable luego de evaluarse el desempeño del participante y considerarse los méritos de cada caso.
Los candidatos serán sometidos por el Director del Departamento de Física de Río Piedras, luego de consultar con el Comité de Personal del Departamento.
El Director del Observatorio nombrará un comité de evaluación de cuatro miembros para tomar decisiones sobre los nombramientos, evaluar el progreso de los participantes y las renovaciones.
Obligaciones del Observatorio:
El Observatorio proveerá a los científicos espacio de oficina y acceso a su infraestructura científica, incluso computadoras, servicios de biblioteca y costos de publicación.
Las publicaciones de los científicos visitantes que resulten de este apoyo, llevarán la afiliación institucional del Centro Nacional de Astronomía e Ionosfera /Observatorio de Arecibo, además de la Universidad de Puerto Rico, Recinto de Río Piedras.
Obligaciones de los Científicos:
Los científicos visitantes tendrán que trabajar en el Observatorio durante la mayor parte de cada verano durante el periodo de su nombramiento.
Se espera que interactúen con el personal del Observatorio a través de programas, seminarios y talleres científicos comunes y de la supervisión de estudiantes que estén trabajando en proyectos de investigación graduados y subgraduados.
También se espera que los científicos visitantes realicen trabajo de servicio rutinario para el Observatorio cuando sea apropiado, según lo determine el Director.
PROGRAMA DE PROFESORES VISITANTES EN EL DEPARTAMENTO DE FÍSICA DE LA UNIVERSIDAD DE PUERTO RICO, RECINTO DE RÍO PIEDRAS
Miembros del personal del Observatorio serán elegibles para ser nombrados como profesores visitantes en el Departamento de Física de la Universidad de Puerto Rico, Río Piedras.
Estos nombramientos serán recomendados por el Director del Observatorio y el Director del Departamento de Física y seguirán de allí en adelante los procedimientos pertinentes de la Universidad de Puerto Rico para tales nombramientos.
Estos profesores visitantes tendrán la oportunidad de supervisar la investigación de tesis de estudiantes graduados, enseñar cursos y seminarios especiales en la Universidad y participar en otras actividades académicas.
El Departamento proveerá espacio de oficina y acceso a su infraestructura, incluso acceso a computadoras y servicios de biblioteca.
Las publicaciones de los visitantes llevarán la afiliación del Recinto de Río Piedras de la Universidad de Puerto Rico, así como la del CNAI/Observatorio de Arecibo. La Universidad cubrirá los gastos de publicación. |
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RESUMEN DEL CONVENIO CON LA
UNIVERSIDAD DE COLORADO EN DENVER
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Convenio del 7 de diciembre de 1998
Unidad: Recinto de Río Piedras - Escuela Graduada de Planificación
Vigencia: 7 de diciembre de 1998 – indefinido |
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RESUMEN
El objetivo principal del convenio entre la Escuela Graduada de Planificación de la Universidad de Puerto Rico y el College of Architecture and Planning de la Universidad de Colorado en Denver es establecer intercambios de profesores de corta duración, promover intercambios de estudiantes y explorar posibilidades de colaborar en proyectos de investigación.
INTERCAMBIO DE PROFESORES
Durarán de una a dos semanas.
INTERCAMBIO DE ESTUDIANTES
Tendrán una duración limitada.
ARTICULACIÓN DE UNA ESTRATEGIA PARA COLABORAR EN PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN
Se llevará a cabo investigación en distintas áreas como:
*El impacto económico y de uso de terreno del turismo en nuestras respectivas regiones con miras a la creación de una agenda para el turismo sostenible.
*Explorar el impacto regional de los cambios climáticos y de los trastornos ambientales de término más corto, que amenazan los ambientes construidos y naturales.
*El impacto de la urbanización acelerada sobre terrenos delicados.
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RESUMEN DEL CONVENIO CON
UNIVERSITY OF FLORIDA
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Memorando de Entendimiento con el Consorcio CoHemis del 1 de marzo de 1994
Unidad: Recinto Universitario de Mayagüez, Universidad de Puerto Rico
Vigencia: 1 de marzo de 1994 – indefinido |
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RESUMEN
CoHEMIS es el Centro Hemisférico de Cooperación en Investigación y Educación en Ingeniería y Ciencia Aplicada. Su propósito es promover estudios postgraduados e investigación conjunta en ingeniería, tecnología y ciencia aplicada.
El Memorando de Entendimiento entre University of Florida y el Recinto Universitario de Mayagüez de la Universidad de Puerto Rico busca promover interacciones en materia de investigación y educación de posgrado conjunta.
Las universidades fomentarán la cooperación, entre otras maneras, promoviendo la participación de sus profesores en proyectos de investigación y docencia del Consorcio; desarrollando programas conjuntos para intercambio de facultad; desarrollando programas para el intercambio de estudiantes a nivel subgraduado y de posgrado; facilitando que sus profesores puedan utilizar sus períodos de sabáticas para participar en docencia e investigación en la otra universidad; proveyendo becas de investigación para que estudiantes de posgrado de University of Florida que estén realizando trabajo de investigación de proyectos del Consorcio, puedan venir al Recinto Universitario de Mayagüez; facilitando los intercambios culturales entre ambas instituciones, etc. |
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RESUMEN DEL CONVENIO CON
UNIVERSITY OF GEORGIA
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Convenio del 22 de noviembre de 1985
Unidad: Recinto Universitario de Mayagüez
Vigencia: 22 de noviembre de 1985 – indefinido |
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RESUMEN
El objetivo principal del convenio entre la Universidad de Georgia y el Recinto Universitario de Mayagüez de la Universidad de Puerto Rico es desarrollar los estudios en ciencias marinas mediante la cooperación entre ambas universidades.
CONVENIO DE COOPERACIÓN
Disposiciones:
Se desarrollarán actividades de cooperación y colaboración para fomentar los intereses comunes de las dos instituciones.
Ambas universidades cooperarán en la investigación y en actividades relacionadas con la investigación.
Se fortalecerán y ampliarán las capacidades y aptitudes de cada institución a través del uso conjunto de materiales e instalaciones que apoyen los programas de acuerdo mutuo.
Se promoverá el intercambio de estudiantes y profesores entre ambas instituciones para la investigación, la educación y el adiestramiento.
Se facilitará el intercambio de información y materiales académicos entre las dos universidades.
Planificación y Organización:
Los programas de trabajo individuales bajo este convenio se planificarán y administrarán conjuntamente. Cada institución designará un grupo de representantes que revisará y aprobará los programas de trabajo anualmente.
Aspectos Económicos:
Los resultados y otros beneficios que surjan del trabajo de investigación se dividirán equitativamente y se intercambiarán mutuamente entre las dos universidades.
Asimismo, los gastos de investigación y otras actividades también se compartirán equitativamente entre las dos instituciones. Cada institución estará a cargo de sus gastos indirectos.
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RESUMEN DEL CONVENIO CON
IOWA STATE UNIVERSITY
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Convenio del 17 de junio de 1994
Unidad: Facultad de Educación, Recinto de Río Piedras
Vigencia: 17 de junio de 1994 – indefinido |
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RESUMEN
El objetivo principal del convenio es que exista un intercambio de estudiantes entre la Facultad de Educación del Recinto de Río Piedras de la Universidad de Puerto Rico y la Escuela de Educación de Iowa State University.
INTERCAMBIO DE ESTUDIANTES
Selección de los Participantes:
Cada institución, en conformidad con los requisitos de admisión de la institución receptora, estará a cargo de evaluar y recomendar los estudiantes. Estos estudiantes tendrán que haber completado todos los prerrequisitos de la universidad de origen para la práctica docente.
Aspectos Económicos:
El estudiante pagará su matrícula en la universidad de origen.
La institución receptora asistirá a los estudiantes a buscar alojamiento adecuado. Los gastos de alojamiento y manutención estarán a cargo del estudiante.
Todos los gastos personales estarán a cargo del estudiante.
Seguro Médico:
El estudiante pagará sus gastos de seguro de salud.
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RESUMEN DEL CONVENIO CON LA
UNIVERSIDAD DE KENTUCKY
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Convenio del 1 de junio de 2002
Unidad: Recinto de Ciencias Médicas, Universidad de Puerto Rico
Vigencia: 1 de junio de 2002 – 31 de mayo de 2007 |
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RESUMEN
El objetivo principal del convenio es promover la colaboración y cooperación en educación e investigación entre las dos universidades y un programa de intercambio recíproco de estudiantes y profesores.
INTERCAMBIO DE ESTUDIANTES Y PROFESORES
Selección de los Participantes:
Cada institución, en conformidad con los requisitos de admisión de la institución receptora, estará a cargo de evaluar y seleccionar candidatos cualificados. Estos estudiantes tendrán que haber cursado, por lo menos, un año de estudios en la universidad de origen.
Aspectos Económicos:
El estudiante pagará su matrícula en la universidad de origen.
Tanto los profesores como los estudiantes estarán a cargo de sus gastos de transporte y de cualquier otro gasto en que incurran en la institución receptora aparte de la matrícula.
Los gastos de alojamiento y manutención estarán a cargo del estudiante.
Cualquier incumplimiento monetario pagadero a la institución receptora se considerará un incumplimiento de la universidad de origen y la universidad receptora aplicará las debidas sanciones para recuperar dicha deuda.
Seguro Médico:
El estudiante estará a cargo de sus gastos de salud y de otros seguros conformes a los reglamentos actuales en la institución receptora. El estudiante tendrá que cumplir con los Reglamentos de Salud vigentes en la institución receptora.
Derechos y Deberes:
Los estudiantes y profesores visitantes recibirán el mismo servicio que normalmente se provee a los estudiantes y profesores locales y estarán sujetos a las mismas normas que éstos.
Cursos:
La universidad de origen determinará cuáles cursos podrá tomar el estudiante en la universidad receptora y cuáles de éstos convalidaría al regresar el estudiante. El programa de cada estudiante será determinado antes de que éste llegue a la universidad receptora y debe ser aprobado por ambas universidades.
La universidad receptora enviará las notas del estudiante a la universidad de origen al final de cada semestre y será responsabilidad de esta última convertirlas a su propio sistema de notación y hacérselas llegar al estudiante.
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RESUMEN DEL MEMORANDO DE ENTENDIMIENTO CON LA
UNIVERSIDAD DE KENTUCKY
(TRANSATLANTIC HEALTH SCIENCE CONSORTIUM)
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Memorando de Entendimiento del 19 de agosto de 2004
Unidad: Recinto de Ciencias Médicas, Universidad de Puerto Rico
Vigencia: 19 de agosto de 2004 al 31 de julio de 2007 |
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RESUMEN
El objetivo principal del convenio es promover la colaboración y cooperación en ciencias del laboratorio clínico entre universidades de Estados Unidos y Europa, siendo nuestra institución uno de los miembros del consorcio.
INTERCAMBIO DE ESTUDIANTES
Selección de los Participantes:
Cada institución, en conformidad con los requisitos de admisión de la institución receptora, estará a cargo de evaluar y seleccionar candidatos cualificados. Estos estudiantes tendrán que haber cursado, por lo menos, un año de estudios en la universidad de origen.
Aspectos Económicos:
El estudiante pagará su matrícula en la universidad de origen.
Los estudiantes estarán a cargo de sus gastos de transporte y de cualquier otro gasto en que incurran en la institución receptora aparte de la matrícula.
Los gastos de alojamiento y manutención estarán a cargo del estudiante.
Cualquier incumplimiento monetario pagadero a la institución receptora se considerará un incumplimiento de la universidad de origen y la universidad receptora aplicará las debidas sanciones para recuperar dicha deuda.
Seguro Médico:
El estudiante estará a cargo de sus gastos de salud y de otros seguros conformes a los reglamentos actuales en la institución receptora. El estudiante tendrá que cumplir con los Reglamentos de Salud vigentes en la institución receptora.
Derechos y Deberes:
Los estudiantes visitantes recibirán el mismo servicio que normalmente se provee a los estudiantes y estarán sujetos a las mismas normas que éstos.
Cursos:
La universidad de origen determinará cuáles cursos podrá tomar el estudiante en la universidad receptora y cuáles de éstos convalidaría al regresar el estudiante. El programa de cada estudiante será determinado antes de que éste llegue a la universidad receptora y debe ser aprobado por ambas universidades.
La universidad receptora enviará las notas del estudiante a la universidad de origen al final de cada semestre y será responsabilidad de esta última convertirlas a su propio sistema de notación y hacérselas llegar al estudiante.
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RESUMEN DEL CONVENIO CON
UNIVERSITY OF LEHIGH
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Memorando de Entendimiento para Consorcio CoHemis del 11 de octubre de 1995
Unidad: Recinto Universitario de Mayagüez, Universidad de Puerto Rico
Vigencia: 11 de octubre de 1995 – indefinido |
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RESUMEN
CoHEMIS es el Centro Hemisférico de Cooperación en Investigación y Educación en Ingeniería y Ciencia Aplicada. Su propósito es promover estudios postgraduados e investigación conjunta en ingeniería, tecnología y ciencia aplicada.
El Memorando de Entendimiento entre Lehigh University y el Recinto Universitario de Mayagüez de la Universidad de Puerto Rico busca promover interacciones en materia de investigación y educación de posgrado conjunta.
Las universidades fomentarán la cooperación, entre otras maneras, promoviendo la participación de sus profesores en proyectos de investigación y docencia del Consorcio; desarrollando programas conjuntos para intercambio de facultad; desarrollando programas para intercambio de estudiantes a nivel subgraduado y de posgrado; facilitando que sus profesores puedan utilizar sus períodos de sabáticas para participar en docencia e investigación en la otra universidad; proveyendo becas de investigación para que los estudiantes de posgrado de Lehigh University, que estén realizando trabajo de investigación de proyectos del Consorcio, puedan venir al Recinto Universitario de Mayagüez; facilitando los intercambios culturales entre ambas instituciones. |
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RESUMEN DEL CONVENIO CON
UNIVERSITY OF MASSACHUSSETTS AT AMHERST
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Convenio del 20 de diciembre de 2002
Unidad: Recinto Universitario de Mayagüez
Vigencia: 20 de diciembre de 2002 – 19 de diciembre de 2009 |
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RESUMEN
El objetivo principal del convenio entre University of Massachussets at Amherst y el Recinto Universitario de Mayagüez de la Universidad de Puerto Rico es establecer un programa doctoral en Ingeniería Eléctrica y de Computadora.
CONVENIO DE COOPERACIÓN
Disposiciones:
Se desarrollarán actividades de cooperación y colaboración para fomentar los intereses comunes de las dos instituciones.
Ambas universidades cooperarán en investigación y en actividades relacionadas con la investigación.
Se promoverá el intercambio de estudiantes y profesores entre ambas instituciones para investigación, educación y adiestramiento.
Se facilitará el intercambio de información y materiales académicos entre las dos universidades.
Planificación y Organización:
Los programas de trabajo individuales bajo este acuerdo se planificarán y administrarán conjuntamente. Cada institución designará un grupo de representantes que anualmente revisará y aprobará los programas de trabajo.
Aspectos Económicos:
Los resultados y otros beneficios que surjan del trabajo de investigación se dividirán equitativamente y se intercambiarán mutuamente entre las dos universidades.
Asimismo, los costos de investigación y de otras actividades también se compartirán equitativamente entre las dos instituciones. Cada institución estará a cargo de sus gastos indirectos.
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RESUMEN DEL CONVENIO CON
UNIVERSITY OF MIAMI
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Convenio del 29 de septiembre de 1983
Unidad: Recinto Universitario de Mayagüez
Vigencia: 29 de septiembre de 1983 – indefinido |
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RESUMEN
El objetivo principal del convenio entre The University of Miami y el Recinto Universitario de Mayagüez de la Universidad de Puerto Rico es desarrollar los estudios en ciencias marinas mediante la cooperación entre el Departamento de Ciencias Marinas del Recinto Universitario de Mayagüez y The Rosenstiel School of Marine and Atmospheric Science de la Universidad de Miami.
CONVENIO DE COOPERACIÓN
Disposiciones:
Se desarrollarán actividades de cooperación y colaboración para fomentar los intereses comunes de las dos instituciones.
Ambas universidades cooperarán en investigación y en actividades relacionadas con la investigación.
Se promoverá el intercambio de estudiantes y profesores entre ambas instituciones para investigación, educación y adiestramiento.
Se facilitará el intercambio de información y materiales académicos entre las dos universidades.
Planificación y Organización:
Los programas de trabajo individuales bajo este acuerdo se planificarán y administrarán conjuntamente. Cada institución designará un grupo de representantes que anualmente revisará y aprobará los programas de trabajo.
Aspectos Económicos:
Los resultados y otros beneficios que surjan del trabajo de investigación se dividirán equitativamente y se intercambiarán mutuamente entre las dos universidades.
Asimismo, los costos de investigación y de otras actividades también se compartirán equitativamente entre las dos instituciones. Cada institución estará a cargo de sus gastos indirectos.
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RESUMEN DEL CONVENIO CON LA
UNIVERSIDAD DE MINNESOTA
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Convenio de septiembre de 1999
Unidad: Recinto de Río Piedras - Facultad de Derecho
Vigencia: septiembre de 1999 – indefinido |
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RESUMEN
El objetivo principal del convenio entre la Facultad de Derecho de la Universidad de Puerto Rico y el Hubert H. Humphrey Institute de la Universidad de Minnesota es crear un programa de doble titulación. Los estudiantes participantes, estudiantes sobresalientes de la Escuela de Derecho de la Universidad de Puerto Rico, podrán obtener, en 4 años, el grado de Juris Doctor de la Universidad de Puerto Rico y una maestría en Política Pública de la Universidad de Minnesota.
PROGRAMA DE DOBLE TITULACIÓN
Selección de los Participantes:
Los estudiantes interesados en el Programa deberán solicitar admisión en ambas instituciones y cumplir con los estándares de cada programa.
El Programa estará abierto a un número limitado de estudiantes sobresalientes (de 5 a 10) de la Universidad de Puerto Rico. Éstos deberán solicitar admisión al Programa en primer o segundo año.
Aspectos Económicos:
Los estudiantes pagarán matrícula completa en cada una de las universidades donde estén matriculados y estarán a cargo de todos sus gastos.
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RESUMEN DEL CONVENIO CON
THE STATE UNIVERSITY OF NEW YORK
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Convenio del 8 de agosto de 1984
Unidad: Recinto Universitario de Mayagüez
Vigencia: 1984 - indefinido |
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RESUMEN
El objetivo principal del convenio es establecer una colaboración en educación, investigación y otras actividades relacionadas entre el Departamento de Ciencias Marinas del Recinto Universitario de Mayagüez de la Universidad de Puerto Rico y el Marine Sciences Research Center de The New York State University.
DESARROLLO DE INVESTIGACIÓN Y DE ACTIVIDADES RELACIONADAS CON LA INVESTIGACIÓN
En reconocimiento de los intereses y posibles beneficios de ambas instituciones, los costos de investigación y de otras actividades se dividirán equitativamente entre ambas entidades, a menos que se otorgue otro acuerdo. |
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RESUMEN DEL CONVENIO CON
RAMAPO COLLEGE OF NEW JERSEY
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Convenio del 23 de febrero de 1990
Unidad: Recinto de Río Piedras
Vigencia: 23 de febrero de 1990 – indefinido |
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RESUMEN
El objetivo principal del convenio es crear un programa de intercambio de estudiantes y profesores.
INTERCAMBIO DE ESTUDIANTES (año académico)
Selección de los Participantes:
Los estudiantes tienen que cumplir con ciertos requisitos de promedio e idioma. Un comité de selección en la universidad de origen evaluará y recomendará los estudiantes a la universidad receptora. Ésta última se reserva el derecho de tomar la decisión final. Se anticipa que se intercambiarán de 3 a 5 estudiantes mutuamente cada año. Los estudiantes se quedarán un año académico máximo.
Aspectos Económicos:
Los estudiantes pagarán matrícula, cuotas de estudiante y de actividades, plan médico y alojamiento en su universidad de origen.
Seguro Médico:
El estudiante pagará plan médico en su universidad de origen.
Derechos y Deberes:
Los estudiantes visitantes recibirán el mismo servicio que normalmente se provee a los estudiantes locales y estarán sujetos a las mismas normas que éstos. Tendrán que aprobar 12 créditos por semestre y mantener un promedio académico no menor de 2 puntos.
INTERCAMBIO DE ESTUDIANTES (verano)
Términos y Condiciones:
La Universidad de Puerto Rico proveerá comidas y hospedaje para los estudiantes visitantes.
INTERCAMBIO DE ESTUDIANTES GRADUADOS Y PROFESORES
Estudiantes Graduados:
Este programa permite que estudiantes graduados de la Universidad de Puerto Rico participen en enseñanza e investigación en Ramapo College. Se ofrecerá a los estudiantes hospedaje en dormitorios o apartamentos del recinto a precio regular y bajo las condiciones usuales. Podrán hacer arreglos fuera del recinto si lo desean.
Profesores:
Los arreglos variarán según el caso.
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RESUMEN DEL CONVENIO CON THE
UNIVERSITY OF RHODE ISLAND
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Convenio del 19 de abril de 1985
Unidad: Recinto Universitario de Mayagüez
Vigencia: 1985 - indefinido |
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RESUMEN
El objetivo principal del convenio es desarrollar los estudios en ciencias marinas mediante la cooperación entre el Departamento de Ciencias Marinas del Recinto Universitario de Mayagüez de la Universidad de Puerto Rico y el International Center for Marine Resource Development de la Universidad de Rhode Island.
DESARROLLO DE INVESTIGACIÓN Y DE ACTIVIDADES RELACIONADAS CON LA INVESTIGACIÓN
En reconocimiento de los intereses mutuos y de los posibles beneficios de ambas instituciones, los costos de investigación y de otras actividades se dividirán equitativamente entre ambas entidades, al menos que se otorgue otro acuerdo. |
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RESUMEN DEL CONVENIO CON
RUTGERS UNIVERSITY
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Convenio del 1 de junio de 1993
Unidad: Recinto de Río Piedras
Vigencia: Año académico 1993/94 – indefinido |
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RESUMEN
El objetivo principal del convenio es expresar la intención de ambas instituciones de establecer en intercambios, mutuamente convenientes, de profesores y de otros recursos, según surja la necesidad y según las circunstancias en cada institución lo permitan.
INTERCAMBIO DE PROFESORES Y OTROS RECURSOS
Mecanismo:
Los términos y condiciones de cada programa estarán sujetos a consultas y acuerdos adicionales entre ambas partes. Las partes designarán una división o un oficial de sus respectivas instituciones encargado de dar seguimiento a los términos de este acuerdo y para informar sobre el progreso del cumplimiento de los propósitos aquí expuestos.
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RESUMEN DEL CONVENIO CON
RUTGERS UNIVERSITY
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Convenio del 29 de septiembre de 2004
Unidad: Administración Central
Vigencia: 29 de septiembre de 2004 al 28 de septiembre de 2009 |
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RESUMEN
El objetivo principal del convenio es promover la colaboración y cooperación en educación e investigación entre las dos universidades y un programa de intercambio recíproco de estudiantes y profesores.
INTERCAMBIO DE ESTUDIANTES Y PROFESORES
Selección de los Participantes:
Cada institución, en conformidad con los requisitos de admisión de la institución receptora, estará a cargo de evaluar y seleccionar candidatos cualificados. Estos estudiantes tendrán que haber cursado, por lo menos, un año de estudios en la universidad de origen.
Aspectos Económicos:
El estudiante pagará su matrícula en la universidad de origen.
Tanto los profesores como los estudiantes estarán a cargo de sus gastos de transporte y de cualquier otro gasto en que incurran en la institución receptora aparte de la matrícula.
Los gastos de alojamiento y manutención estarán a cargo del estudiante.
Cualquier incumplimiento monetario pagadero a la institución receptora se considerará un incumplimiento de la universidad de origen y la universidad receptora aplicará las debidas sanciones para recuperar dicha deuda.
Seguro Médico:
El estudiante estará a cargo de sus gastos de salud y de otros seguros conformes a los reglamentos actuales en la institución receptora. El estudiante tendrá que cumplir con los Reglamentos de Salud vigentes en la institución receptora.
Derechos y Deberes:
Los estudiantes y profesores visitantes recibirán el mismo servicio que normalmente se provee a los estudiantes y profesores locales y estarán sujetos a las mismas normas que éstos.
Cursos:
La universidad de origen determinará cuáles cursos podrá tomar el estudiante en la universidad receptora y cuáles de éstos convalidaría al regresar el estudiante. El programa de cada estudiante será determinado antes de que éste llegue a la universidad receptora y debe ser aprobado por ambas universidades.
La universidad receptora enviará las notas del estudiante a la universidad de origen al final de cada semestre y será responsabilidad de esta última convertirlas a su propio sistema de notación y hacérselas llegar al estudiante.
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RESUMEN DEL CONVENIO CON
SOUTHWEST TEXAS STATE UNIVERSITY
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Convenio del 8 de septiembre de 1994
Unidad: Recinto de Río Piedras
Vigencia: 8 de septiembre de 1994 – indefinido |
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RESUMEN
El objetivo principal del convenio es establecer un programa de intercambio de estudiantes que comenzaría en enero de 1995.
INTERCAMBIO DE ESTUDIANTES
Selección de los Participantes:
Los participantes tienen que ser estudiantes a tiempo completo en su universidad de origen, tener un promedio acumulativo de 2.50 en una escala de 4.00 puntos y tener dominio del idioma de la universidad receptora. Un Comité de Selección en la universidad de origen estará a cargo de entrevistar a los candidatos y revisar sus expedientes académicos para determinar si son elegibles o no.
Aspectos Económicos:
El estudiante pagará su matrícula en la universidad de origen.
Derechos y Deberes:
Los estudiantes tendrán los mismos derechos y responsabilidades que los estudiantes regulares en la universidad receptora. Sin embargo, tienen que aprobar de 12 a 16 créditos por semestre con un promedio académico de 2.0 puntos.
Cursos y Créditos:
El estudiante puede matricularse en cualquier curso siempre y cuando haya aprobado los prerrequisitos del mismo y tenga el visto bueno de su consejero académico.
Al final del año, las instituciones enviarán las transcripciones oficiales de manera que los créditos aprobados por el participante en la universidad receptora puedan ser transferidos a la universidad de origen.
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RESUMEN DEL CONVENIO CON
STATE UNIVERSITY OF NEW YORK AT OSWEGO
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Convenio del 26 de octubre de 2001
Unidad: Recinto de Río Piedras
Vigencia: 26 de octubre de 2001 – 25 de octubre de 2006 |
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RESUMEN
El objetivo principal del convenio entre State University of New Cork at Oswego y el Recinto de Río Piedras para facilitar la participación de los estudiantes y los profesores en programas de intercambio.
CONVENIO DE COOPERACIÓN
Disposiciones:
Se desarrollarán actividades de cooperación y colaboración para fomentar los intereses comunes de las dos instituciones.
Ambas universidades cooperarán en investigación y en actividades relacionadas con la investigación.
Se promoverá el intercambio de estudiantes y profesores entre ambas instituciones para investigación, educación y adiestramiento.
Se facilitará el intercambio de información y materiales académicos entre las dos universidades.
Planificación y Organización:
Los programas de trabajo individuales bajo este acuerdo se planificarán y administrarán conjuntamente. Cada institución designará un grupo de representantes que anualmente revisará y aprobará los programas de trabajo.
Aspectos Económicos:
Los resultados y otros beneficios que surjan del trabajo de investigación se dividirán equitativamente y se intercambiarán mutuamente entre las dos universidades.
Asimismo, los costos de investigación y de otras actividades también se compartirán equitativamente entre las dos instituciones. Cada institución estará a cargo de sus gastos indirectos.
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RESUMEN DEL CONVENIO CON THE STATE UNIVERSITY OF
NEW YORK COLLEGE AT OLD WESTBURY
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Convenio del 1 de agosto de 1999
Unidad: Recinto de Río Piedras
Vigencia: 19 de noviembre de 1999 – indefinido (se revisará después del tercer año) |
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RESUMEN
El objetivo principal del convenio es establecer una relación entre ambas universidades para promover su desarrollo, mediante programas de intercambio para profesores*, estudiantes, currículos e investigación.
INTERCAMBIO DE PROFESORES
*El convenio, aunque establece los términos y condiciones para el intercambio de personal docente y no docente, incluye un apéndice que indica que no se harán intercambios de esta naturaleza debido a que la Universidad de Puerto Rico no puede proveer alojamiento para profesores y personal de The State University of New York. Una vez se rectifique este impedimento, entonces se implementará el intercambio de profesores y personal.
INTERCAMBIO DE ESTUDIANTES
Selección de los Participantes:
Se enviarán un máximo de tres estudiantes por año (esta cantidad puede enmendarse mediante acuerdo mutuo).
Los candidatos tendrán que cumplir con los requisitos de admisión del departamento o institución al que solicitan.
Tienen que ser estudiantes al menos de segundo año en su universidad de origen, con un promedio académico mayor de B.
Cada universidad de origen aprobará las solicitudes de su universidad para el intercambio. Antes del 15 de marzo y el 15 de septiembre de cada año, la universidad enviará la información completa del estudiante(s) nominado para ocupar el lugar asignado.
Aspectos Económicos:
El intercambio se llevará a cabo en una base quid-pro-quo, donde los estudiantes pagarán su matrícula, alojamiento y cuotas en su universidad de origen.
Términos y Condiciones:
El estudiante de intercambio permanecerá no más de un año en la universidad receptora.
Al final del año académico, cada universidad le enviará a la otra un informe sobre el desempeño académico de los estudiantes participantes.
Los créditos que obtengan los estudiantes de intercambio serán acreditados por las universidades de origen y receptoras.
INTERCAMBIO DE PUBLICACIONES Y MATERIAL ACADÉMICO
Las publicaciones y los materiales que se intercambien serán recomendados por ambas universidades.
Conforme a los términos del presente convenio, se estimulará la investigación conjunta entre ambas universidades en todas aquellas áreas que sean de interés común, así como en estudios interculturales. Las normas para la investigación en ciertas áreas de interés común serán las siguientes:
- Una universidad puede encomendar a la otra que realice dicha investigación,
- Las dos instituciones pueden colaborar para realizar la investigación,
- En ambos casos, el número de los proyectos de investigación conjunta y la repartición de gastos se acordarán entre las universidades de acuerdo a los requisitos de cada proyecto individual.
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RESUMEN DEL CONVENIO CON
TRENTON STATE COLLEGE
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Convenio del 13 de septiembre de 1980
Unidad: Recinto de Río Piedras
Vigencia: Año académico 1980/81 - indefinido |
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RESUMEN
El objetivo principal del convenio es establecer un programa de intercambio de estudiantes entre la Facultad de Pedagogía de la Universidad de Puerto Rico en Río Piedras y la Facultad de Educación de Trenton State College, para que los mismos hagan su práctica docente.
INTERCAMBIO DE ESTUDIANTES EN PRÁCTICA DOCENTE
Selección de los Participantes:
La escuela de origen evaluará y recomendará estudiantes a la institución receptora.
La universidad de origen estará a cargo de entrevistar los candidatos y revisar sus expedientes académicos para determinar su elegibilidad como estudiantes de intercambio.
Todos los estudiantes deberán cumplir con los reglamentos de la universidad de origen para admisión al Programa de Práctica Docente. Tienen que haber completado por lo menos 100 créditos hacia un bachillerato en el área en el cual piensan hacer su práctica docente.
Aspectos Económicos:
El estudiante pagará su matrícula en la universidad de origen.
El estudiante podría ser elegible para solicitar y beneficiarse de cualquier asistencia económica de su institución de origen. Los estudiantes de intercambio no son elegibles para solicitar asistencia económica en la universidad receptora.
La universidad receptora ayudará a los estudiantes a buscar alojamiento adecuado. Los gastos del mismo estarán a cargo del estudiante.
Los gastos personales como transporte, libros, pasaje, vestimenta, entretenimiento y medicina estarán a cargo del estudiante únicamente.
Seguro Médico:
El estudiante estará a cargo de sus gastos médicos no cubiertos por el plan médico.
Derechos y Deberes:
El estudiante no puede solicitar un traslado a la institución receptora si no ha transcurrido al menos un semestre desde la conclusión de su participación en el Programa.
Los participantes tienen que notificar al departamento a cargo de práctica docente en la institución receptora de su llegada al país receptor y de su salida hacia su país de origen.
Cursos:
Los estudiantes de intercambio pueden matricularse en cualquier curso, siempre y cuando tengan aprobados los prerrequisitos del mismo.
Al final de cada semestre, las universidades enviarán las transcripciones oficiales, de manera que se transfieran los créditos aprobados por los participantes a la institución de origen.
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RESUMEN DEL CONVENIO CON
VALENCIA COMMUNITY COLLEGE
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Convenio del 14 de mayo de 1998
Unidad: Universidad de Puerto Rico en Carolina
Vigencia: mayo de 1998 - indefinido |
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RESUMEN
El objetivo principal del convenio es promover una iniciativa conjunta, una propuesta de cooperación, el intercambio de ideas, de estudiantes y de profesores y un diálogo continuo entre las partes.
INTERCAMBIO DE ESTUDIANTES Y PROFESORES
Selección de los Participantes:
Deberán ser estudiantes con concentraciones en Administración Hotelera/ de Restaurantes/ Hospitalidad o Turismo.
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RESUMEN DEL CONVENIO CON LA
UNIVERSIDAD DE WARWICK
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Convenio del 14 de marzo de 2005
Unidad: Recinto de Río Piedras
Vigencia: 14 de marzo de 2005 – 13 de marzo de 2008 |
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RESUMEN
El objetivo principal del convenio es promover la colaboración y cooperación en educación e investigación entre las dos universidades y un programa de intercambio recíproco de estudiantes y profesores.
INTERCAMBIO DE ESTUDIANTES Y PROFESORES
Selección de los Participantes:
Cada institución, en conformidad con los requisitos de admisión de la institución receptora, estará a cargo de evaluar y seleccionar candidatos cualificados. Estos estudiantes tendrán que haber cursado, por lo menos, un año de estudios en la universidad de origen.
Aspectos Económicos:
El estudiante pagará su matrícula en la universidad de origen.
Tanto los profesores como los estudiantes estarán a cargo de sus gastos de transporte y de cualquier otro gasto en que incurran en la institución receptora aparte de la matrícula.
Los gastos de alojamiento y manutención estarán a cargo del estudiante.
Cualquier incumplimiento monetario pagadero a la institución receptora se considerará un incumplimiento de la universidad de origen y la universidad receptora aplicará las debidas sanciones para recuperar dicha deuda.
Seguro Médico:
El estudiante estará a cargo de sus gastos de salud y de otros seguros conformes a los reglamentos actuales en la institución receptora. El estudiante tendrá que cumplir con los Reglamentos de Salud vigentes en la institución receptora.
Derechos y Deberes:
Los estudiantes y profesores visitantes recibirán el mismo servicio que normalmente se provee a los estudiantes y profesores locales y estarán sujetos a las mismas normas que éstos.
Cursos:
La universidad de origen determinará cuáles cursos podrá tomar el estudiante en la universidad receptora y cuáles de éstos convalidaría al regresar el estudiante. El programa de cada estudiante será determinado antes de que éste llegue a la universidad receptora y debe ser aprobado por ambas universidades.
La universidad receptora enviará las notas del estudiante a la universidad de origen al final de cada semestre y será responsabilidad de esta última convertirlas a su propio sistema de notación y hacérselas llegar al estudiante.
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RESUMEN DEL CONVENIO CON
THE UNIVERSITY OF WISCONSIN-MADISON
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Convenio del 24 de junio de 1991
Unidad: Recinto de Ciencias Médicas
Vigencia: 24 de junio de 1991 – indefinido |
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RESUMEN
El objetivo principal del convenio entre la Universidad de Wisconsin-Madison y el Recinto de Ciencias Médicas de la Universidad de Puerto Rico es aumentar las oportunidades educacionales y de investigación tanto de sus profesores como de sus estudiantes.
PROGRAMAS DE COOPERACIÓN
Los programas colaborativos consistirán en el intercambio de personal profesional, programas de estudios y colaboración en transferencia de tecnología e investigación. Los programas se planificarán conjuntamente entre las dos universidades.
Selección de Participantes:
La selección de estudiantes y de personal para las visitas de intercambio se basará en sus calificaciones académicas, en la calidad científica de su propuesta de trabajo y en la pertinencia de su propuesta de trabajo a las áreas de énfasis identificadas por ambas universidades.
Aspectos Económicos:
Ambas universidades pagarán salario y beneficios a su personal mientras participe en los programas colaborativos. La universidad receptora no se hará responsable de la salud y de la seguridad de los visitantes.
Los gastos personales como vivienda, transporte y alimentos estarán a cargo de los participantes.
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RESUMEN DEL CONVENIO CON
WORCESTER POLYTECHNIC INSTITUTE
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Convenio del 9 de noviembre de 1995
Unidad: Recinto Universitario de Mayagüez
Vigencia: 9 de noviembre de 1995 – indefinido |
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RESUMEN
El objetivo principal del convenio entre Worcester Polytechnic Institute y el Recinto Universitario de Mayagüez es establecer un Centro de Proyectos y Colaboración en el Recinto. El Centro será una vía para facilitar y promover el intercambio de estudiantes graduados y subgraduados, proyectos de investigación y programas graduados colectivos y la colaboración académica entre ambas instituciones en la cual participarán tanto estudiantes como profesores. |
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RESUMEN DEL CONVENIO CON WORCESTER STATE COLLEGE, WORCESTER, MASSACHUSETTS
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Convenio del 2 de junio de 1999
Unidad: Universidad de Puerto Rico en Cayey
Vigencia: 2 de junio de 1999 - indefinido |
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RESUMEN
El objetivo principal del convenio es establecer un intercambio de estudiantes subgraduados entre Worcester State Collage y la Universidad de Puerto Rico en Cayey.
INTERCAMBIO DE ESTUDIANTES
Selección de los Participantes:
Se intercambiará un número recíproco de estudiantes cada vez. De ocurrir algún desbalance en la cantidad de participantes de cada universidad, las instituciones podrán hacer un ajuste al año siguiente, mediante consentimiento escrito.
La universidad de origen seleccionará sus participantes. Los estudiantes tendrán que haber completado, por lo menos, tres semestres en su universidad de origen y tener un promedio acumulativo mínimo de 3.0.
Los participantes tienen que cumplir con los requisitos de idioma de la universidad receptora antes de matricularse en cursos académicos.
Las solicitudes para el primer semestre se deberán entregar a la universidad receptora antes del 1 de mayo y antes del 1 de octubre para el segundo semestre.
Cursos y Acreditaciones:
Los estudiantes de intercambio podrán matricularse en los cursos o programas de la universidad receptora para los cuales estén cualificados, siempre y cuando haya cupo.
Tendrán que estudiar a tiempo completo según definido por su universidad de origen.
El programa de estudio del estudiante tiene que ser aprobado por la universidad de origen antes de irse el estudiante a la universidad receptora.
Al terminar el periodo de estudio, la universidad receptora le enviará a la universidad de origen, un historial de los cursos y las notas obtenidas por el estudiante de intercambio.
Derechos y Deberes:
Los estudiantes de intercambio serán registrados como estudiantes “especiales” y disfrutarán de los mismos privilegios (médicos, atléticos, y otros) que los demás estudiantes matriculados. Estarán sujetos a los estatutos, ordenanzas y reglamentos de la universidad receptora.
Aspectos Económicos:
Los estudiantes participantes pagarán su matrícula básica y otras cuotas obligatorias a la universidad de origen.
Los gastos de alojamiento estarán a cargo de los estudiantes.
Todos los demás gastos estarán a cargo de los estudiantes.
Seguro Médico:
Queda entendido que los estudiantes de intercambio estarán cubiertos por el plan médico de su universidad de origen.
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