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EUROPA

 

 

RESUMEN DEL CONVENIO ESPECÍFICO CON LA UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID

 

Convenio Específico de Cooperación Académica, Científica y Cultural entre la Universidad Complutense de Madrid y la Universidad de Puerto Rico del 7 de julio de 2003

Unidad: Administración Central

Vigencia: 7 de julio de 2003 – 6 de julio de 2008

 

Área Específica:

  • intercambio de estudiantes

RESUMEN

Mecanismo de Cooperación

Convenio específico entre la Universidad Complutense de Madrid y la Universidad de Puerto Rico.

INTERCAMBIO DE ESTUDIANTES

Selección de los Participantes:

Para participar en el Programa de Intercambio de Estudiantes, los candidatos deberán cumplir con unos requisitos.

La universidad de origen envía los expedientes de los estudiantes seleccionados a la universidad receptora, quien decidirá su aceptación.

El número máximo de estudiantes participantes en el programa de intercambio de la UPR será de un máximo de 400 por año.

Selección de Cursos y Convalidación de Créditos:

En el caso de la Universidad de Puerto Rico: los departamentos académicos implicados deben preparar un programa de estudios para los beneficiarios del intercambio. En la preparación del programa deberán tener en cuenta las necesidades de los cursos equivalentes conducentes a grado.

En el caso de la Universidad Complutense de Madrid los estudiantes pueden solicitar cursos en la universidad receptora, siempre y cuando correspondan al mismo nivel y/o sean complementarios a los impartidos en la universidad de origen.

Aspectos Económicos:

Ambas partes promoverán el otorgamiento de ayudas económicas en función de sus posibilidades.

Cada estudiante estará a cargo de sus propios gastos de viaje y alojamiento.

Seguro Médico:

El estudiante asumirá el costo de su seguro médico en la universidad receptora.

Derechos y Deberes de los Estudiantes:

Los estudiantes visitantes recibirán todos los servicios disponibles para los estudiantes de la universidad receptora.

Tendrán los mismos derechos y responsabilidades que los estudiantes internos de la universidad receptora. De incurrir en sanciones por violación de las normas universitarias, se deberá informar a la universidad de origen.


 

RESUMEN DEL CONVENIO CON LA FUNDACIÓN JOSÉ ORTEGA Y GASSET

 

Convenio del 11 de abril de 1989

Unidad: Administración Central

Vigencia: 11 de abril de 1989 – indefinido

 

RESUMEN

El objetivo principal del convenio es permitir la participación de estudiantes de la Universidad de Puerto Rico en los programas de la Fundación.

También se desarrollarán actividades conjuntas entre la Universidad de Puerto Rico, la Fundación y la Universidad Complutense.

VISITAS DE ESTUDIANTES A LA FUNDACIÓN

Con el fin de promover la participación de sus estudiantes en los programas de la Fundación, la Universidad de Puerto Rico se compromete a 3 cosas:

  • informar a los estudiantes sobre los programas de la Fundación
  • crear becas para los estudiantes que participen en el programa
  • convalidar los créditos que los estudiantes de la UPR cursen en el Instituto Ortega y Gasset

La Universidad de Puerto Rico podrá colaborar en programas de la Fundación. En ese caso las tareas administrativas se compartirán entre las dos instituciones.

INTERCAMBIO DE PROFESORES E INVESTIGADORES

La cooperación en materia de docencia e investigación se hará mediante intercambio de profesores e investigadores.

Selección de los Participantes:

Según lo requieran sus programas de investigación la Universidad y la Fundación presentarán, una a la otra, la candidatura de un miembro de su facultad. Dicha candidatura la deberá aprobar la universidad receptora.

Aspectos Económicos:

Las condiciones financieras serán determinadas por mutuo acuerdo entre las dos instituciones.

INVESTIGADORES A NIVEL DE POSGRADO

Independientemente de los programas de intercambio de profesores e investigadores antes mencionados se establece que ambas instituciones recibirán investigadores a nivel de posgrado en el marco de su desarrollo académico.

Administradores

La Universidad y la Fundación deberán desarrollar actividades conjuntas para la capacitación de gerentes universitarios.


 

RESUMEN DEL CONVENIO CON EL INSTITUTO DE COOPERACIÓN IBEROAMERICANA

 

Acuerdo Marco de Cooperación entre la Universidad de Puerto Rico y el Instituto de Cooperación Iberoamericano del 3 de noviembre de 1986

Unidad: Recinto de Río Piedras

Vigencia: 3 de noviembre de 1986 – indefinido

 

RESUMEN

La Universidad de Puerto Rico acordó desarrollar en Sevilla y Cádiz un programa graduado de Administración de Empresas en España, destinado a la obtención del grado de MBA.

Se hará a través de la Escuela Graduada de Administración de Empresas del Recinto de Río Piedras y el programa tendrá el mismo contenido que el programa que se da en la Universidad de Puerto Rico.

El MBA espacializado en Marketing se realizaría con la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de Sevilla.

El MBA especializado en Marketing y Negocios Internacionales se realizaría con la Diputación Provincial de Cádiz, en colaboración con la Universidad de dicha Provincia.

El Instituto de Cooperación Iberoamericana patrocinaría los programas.


 

RESUMEN DEL CONVENIO CON LA UNIVERSIDAD CARLOS III

 

Convenio de colaboración académica entre la Universidad de Puerto Rico, Recinto de Río Piedras y la Universidad Carlos III de Madrid del 19 de junio de 1996

Unidad: Recinto de Río Piedras

Vigencia: 19 de junio de 1996 – indefinido

 

RESUMEN

Este acuerdo crea un intercambio de estudiantes durante un semestre o un año académico.

Selección de los Participantes:

El convenio fija unos criterios (relativos al año que cursa el estudiante) para participar en el programa. Además, de esos requisitos cada universidad establece otros requisitos que ella estime convenientes para seleccionar los candidatos a participar en el programa.

Un comité de selección evaluará a los estudiantes candidatos y los recomendará a la universidad receptora.

La aceptación final del estudiante será determinada por la universidad receptora.

Los estudiantes serán admitidos con clasificación especial, no aspirantes a un grado académico.

El número máximo de estudiantes a intercambiar por años es de tres.

Selección de Cursos y Convalidación de Créditos:

El estudiante se podrá matricular en cualquier curso en la universidad receptora siempre que tenga la aprobación escrita del consejero académico de su universidad de origen.

Al finalizar el semestre la universidad receptora deberá enviar el expediente de notas a la universidad de origen para convalidación de los cursos.

Aspectos Económicos:

  • Becas: Las universidades podrán, por mutuo acuerdo, ofrecer becas a uno o más estudiantes.
  • Matrícula: El estudiante pagará los costos de matrícula en la universidad de origen.
  • Seguro médico: El estudiante pagará el seguro médico.
  • Otros gastos: Todos los demás gastos personales estarán a cargo del estudiante.

Derechos y Deberes de los Estudiantes:

Los estudiantes de intercambio tendrán los mismos derechos y responsabilidades que los estudiantes regulares de la universidad receptora. De no observar las normas de la universidad receptora podrán ser suspendidos del programa.

Para poder solicitar transferencia a la universidad receptora el estudiante tendrá que dejar transcurrir un semestre después de haber terminado su participación en el programa de intercambio.


 

RESUMEN DEL CONVENIO CON LA UNIVERSIDAD DE BARCELONA

 

Convenio de colaboración entre la Universidad de Barcelona y la Universidad de Puerto Rico sobre el Programa de Estudios Conjuntos en Derecho del 10 de julio de 2001

Unidad: Escuela de Derecho del Recinto de Río Piedras de la Universidad de
Puerto Rico

Vigencia: 10 de julio de 2001 – 9 de julio de 2006

 

RESUMEN

Este convenio actualiza el convenio inicial de 1994 sobre doble titulación entre la Facultad de Derecho de la Universidad de Barcelona y la Escuela de Derecho del Recinto de Río Piedras de la Universidad de Puerto Rico.

Doble Titulación

Las universidades establecen un programa de doble titulación en Derecho que permite que los estudiantes participantes en el mismo obtengan la licenciatura de Derecho en ambas facultades. Para esto, se crea un programa de estudios con clases que serán impartidas en ambas facultades. Mediante un sistema de convalidaciones, los estudiantes podrán completar los créditos necesarios en cada facultad.

El acuerdo crea una comisión conjunta que se reunirá una vez al año y se encargará de seleccionar los estudiantes participantes, velar por el cumplimiento del convenio, y proponer las convalidaciones necesarias para la obtención del título.

Otros Programas

Las universidades podrán además:

  • desarrollar proyectos de investigación conjuntos en áreas de interés común
  • celebrar simposios, seminarios y otras actividades conjuntas que consideren pertinentes
  • intercambiar publicaciones académicas de interés mutuo, especialmente aquellas que son producto de la investigación conjunta.

 

RESUMEN DEL CONVENIO CON LA UNIVERSIDAD DE CÁDIZ

 

Convenio de Colaboración entre el Departamento de Ciencias Marinas del Recinto Universitario de Mayagüez de la Universidad de Puerto Rico, la Universidad de Cádiz y la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía del 13 de julio de 1991

Unidad: Recinto Universitario de Mayagüez

Vigencia: 13 de julio de 1991 – indefinido

 

Áreas Específicas

  • actividades de colaboración relacionadas con las Ciencias Marinas
  • elaboración de un diploma conjunto
  • participación de profesores en la organización y docencia de estudios de posgrado
  • elaboración conjunta de programas y proyectos de investigación
  • intercambio de estudiantes graduados
  • intercambio de personal docente e investigador
  • que el personal docente y de investigación ejerzan como consultores en cuestiones de investigación y formación que se deriven del convenio

RESUMEN

Mecanismo de Cooperación

Para la ejecución del acuerdo se desarrollarán programas y proyectos específicos. Estos programas y proyectos, así como los presupuestos detallados serán aprobados y coordinados por los representantes designados por los Rectores de las respectivas instituciones.

Se elaborará una propuesta para crear de forma conjunta un Master en Ciencias del Mar en el que el estudiante obtenga el grado correspondiente en ambas universidades. Para esto se creará una comisión mixta.

Aspectos Económicos:

Las universidades fomentarán becas de intercambio que consistirán en:

  • la exención de derechos académicos
  • asignación de dinero para gastos de mantenimiento

El Recinto Universitario de Mayagüez promoverá peticiones de subvención ante el Consejo de Educación Superior de Puerto Rico, así como ante cualquier otro organismo.

La Universidad de Cádiz promoverá peticiones de subvención ante la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía, así como ante cualquier otro organismo.


 

RESUMEN DE CONVENIOS CON LA UNIVERSIDAD DE GRANADA

 

Convenio de Colaboración para la formación de docentes entre la Universidad de Puerto Rico, la Universidad de Granada y la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía de julio de 1991

Vigencia: julio de 1991 – indefinido

Unidades: UPR-Administración Central – Universidad de Granada – Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía

 

RESUMEN

El objetivo de este acuerdo es la creación de programas de estudio para docentes.

Mecanismo de Cooperación

La colaboración en la formación de docentes se llevará a cabo de la siguiente manera: cada universidad establecerá espacios exclusivos para admitir como alumnos en programas graduados a:

  • personal docente de la otra universidad
  • personas a quienes la otra universidad garantiza una plaza docente al terminar el programa de estudios

Los alumnos tendrán la oportunidad de participar directamente en la docencia con el propósito de adquirir experiencia más allá de los estudios formales. El alumno puede ser remunerado por esto, pero ello no implica para la universidad una obligación de hacerlo.

Aspectos Económicos

  • Becas: Ambas universidades pondrán a disposición de los participantes becas y otras ayudas económicas para que sus docentes puedan participar en los programas.
  • Matrícula: El alumno pagará los derechos de matrícula y otros gastos en la universidad receptora de acuerdo a las normas aplicables a los residentes nacionales.
  • Vivienda: Las universidades harán lo posible para alojar a los visitantes en las residencias de la universidad al costo aplicable a los ciudadanos nacionales. En ausencia de residencias propias se ofrecerá asistencia a los alumnos en la búsqueda de vivienda.

Actividades Educativas de Corta Duración

En el caso de la participación de los docentes en actividades educativas de corta duración, como pasantías, simposios, congresos y otros, la universidad receptora eximirá del pago de matrícula y ofrecerá vivienda libre de costo, según previo acuerdo entre las partes.


 

RESUMEN DEL CONVENIO CON LA UNIVERSIDAD DE HUELVA

 

Convenio marco de colaboración entre la Universidad de Puerto Rico y la Universidad de Huelva del 17 de enero de 1997

Unidad: Recinto de Río Piedras

Vigencia: 17 de enero de 1997 – indefinido

 

Áreas Específicas

  • intercambio de estudiantes
  • asistencia de graduados en actividades de posgrado
  • participación de estudiantes en programas complementarios
  • organización de actividades de posgrado de extensión universitaria
  • intercambio de profesores
  • estancia de docentes e investigadores para dictar conferencias, participar en cursos y en el desarrollo de programas de docencia común
  • realización conjunta de estudios y proyectos de investigación
  • desarrollo de proyectos de enseñanza, investigación y extensión universitaria
  • intercambio de material bibliográfico y didáctico
  • información sobre planes de estudio, administración y planificación docente

RESUMEN

Los objetivos anteriores aplican a todas las disciplinas o áreas de conocimiento que las universidades ofrecen.

Se elaborarán acuerdos específicos para cada iniciativa concreta.

Este acuerdo establece un principio general sobre el financiamiento de las actividades derivadas de los convenios:

  • la parte que envía cubrirá los gastos de transporte
  • la parte que rescinda cubrirá los gastos de estancia

Las partes pueden, sin embargo, establecer otras formas en los acuerdos específicos.


 

RESUMEN DEL CONVENIO CON LA UNIVERSIDAD DE VALLADOLID

 

Convenio de Cooperación Académica y Científica entre la Universidad de Valladolid (España) y la Universidad de Puerto Rico del 10 de julio de 1999

Unidad: Administración Central

Vigencia: 10 de julio de 1997 – tácita reconducción

 

Áreas Específicas

  • Invitación de profesores por períodos cortos
  • Realización de proyectos de investigación conjuntos
  • Intercambio de publicaciones, experiencias pedagógicas y planes de estudio
  • Cualquier otro tipo de cooperación.

RESUMEN

Las universidades invitarán reciprócamente a profesores para impartir docencia por períodos cortos, realizar seminarios o tareas de investigación.

Elaborarán anualmente los programas concretos de colaboración que se desarrollarán en cada actividad. Los programas se someterán a las autoridades respectivas con tres meses de anticipación del comienzo de cada período académico. Para el seguimiento del convenio, las universidades nombrarán cada una un coordinador.

Estos programas deberán contemplar los aspectos de organización, los presupuestos y el financiamiento, y todo lo que se considere necesario.

Los gastos de viaje estarán a cargo de la universidad de origen y los gastos de alojamiento y manutención a cargo de la universidad receptora.

Normalmente el número máximo de profesores por año será de dos por períodos de dos meses.


 

RESUMEN DEL CONVENIO CON LAS UNIVERSIDADES ANDALUZAS Y LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CIENCIA DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA

 

Convenio de Colaboración entre la Universidad de Puerto Rico, las Universidades Andaluzas y la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía del 21 de abril de 1992

Unidad: Administración Central

Vigencia: 21 de abril de 1992 – indefinido

 

RESUMEN

Este acuerdo se firma entre la Universidad de Puerto Rico y 5 universidades Andaluzas:

  • Universidad de Cádiz
  • Universidad de Córdoba
  • Universidad de Granada
  • Universidad de Málaga
  • Universidad de Sevilla

Las universidades establecerán cupos exclusivos para admitir como alumnos a personal docente de la otra universidad o a personas a quienes la universidad garantiza una plaza docente al terminar el programa de estudios.

Los alumnos pagarán en la universidad receptora los derechos de matrícula y otros gastos, de acuerdo con las normas aplicables a los residentes nacionales.

Si la universidad receptora tiene residencias propias, alojará a los alumnos en las mismas al costo previsto para los residentes nacionales.

Los alumnos podrán participar directamente en la docencia, sin que esto implique una obligación para la universidad.


 

RESUMEN DEL CONVENIO CON MICEFA
(Misión Introuniversitaria de Coordinación de Intercambio Francoamericano)

 

Convenio del 9 de agosto de 1993

Unidad: Recinto de Río Piedras

Vigencia: 9 de agosto de 1993 – indefinido

 

RESUMEN

El propósito principal de este convenio es establecer un Programa de Intercambio de Estudiantes que le permita a cierta cantidad de estudiantes de la Universidad de Puerto Rico estudiar en una universidad fuera de Puerto Rico por un semestre o un año y, a la misma vez, darle a estudiantes de otros países la oportunidad de estudiar en el Recinto de Río Piedras. En la medida de lo posible, se creará un programa de asistencia económica para estimular la participación de estudiantes con limitaciones económicas.

Requisitos de los Participantes:

  • Ser estudiante a tiempo completo en su universidad de origen.
  • Estar en su segundo, tercer o cuarto año de estudios subgraduados, y en su segundo o tercer semestre de estudios graduados.
  • Tener un promedio de 2.5 a nivel subgraduado y de 3.0 a nivel graduado.
  • Dominar el idioma utilizado en la universidad receptora.

Selección de los Participantes:

Se establecerá un comité para evaluar y recomendar los estudiantes a la universidad receptora. El comité deberá entrevistar los candidatos y estudiar su expediente académico.

Cada candidato deberá incluir, en su solicitud, dos transcripciones oficiales (traducidas), dos cartas de recomendación y un ensayo corto explicando porque está interesado/a en participar en el programa.

La universidad receptora decidirá finalmente quién participará en el programa.

Mecanismo de Cooperación

Se podrá enviar un número igual de estudiantes entre las dos instituciones. El número de participantes se establecerá anualmente mediante acuerdo mutuo entre las instituciones.

Aspectos Económicos

Cada estudiante pagará matrícula en su universidad de origen. Al ser más alto el costo de los créditos graduados en la Universidad de Puerto Rico, MICEFA recibirá dos estudiantes subgraduados de la UPR (en casos que aplique).

Los estudiantes serán completamente responsables por sus gastos de alojamiento, seguro médico, comida, etc.

Becas

Por acuerdo mutuo, la universidad de origen, así como la universidad receptora, pueden ofrecer becas a uno o más estudiantes. Cada institución decidirá qué criterios se utilizarán para seleccionar los beneficiarios de dicha beca.

Derechos y Deberes de los Etudiantes

Los participantes del programa deberán aprobar un mínimo de doce créditos con un promedio de 2.0 por semestre como subgraduados, y seis créditos con un promedio de 3.0 como estudiantes graduados.

Deberán cumplir con los estándares y reglamentos de la universidad receptora, de no hacerlo, serán suspendidos del programa. Tendrán los mismos derechos y responsabilidades que los estudiantes regulares de la universidad receptora.

Los participantes pueden solicitar un traslado a la universidad receptora sólo una vez haya transcurrido al menos un semestre desde su participación en el programa.

Cursos y Acreditaciones

Los estudiantes de intercambio pueden tomar cualquier curso siempre y cuando tengan aprobados los prerrequisitos del mismo y tengan una autorización escrita del consejero académica de su universidad de origen.

Al final del semestre o año, la persona encargada de cada universidad receptora enviará un informe oficial de créditos obtenidos a cada institución de manera que se acrediten los créditos.


 

RESUMEN DEL CONVENIO CON LA UNIVERSITA CATTOLICA DEL SACRO CUORE

 

Convenio de Cooperación Académica y Cultural del 15 de abril de 2002

Unidad: Recinto de Río Piedras

Vigencia: 15 de abril de 2002 - 14 de abril de 2007

 

Áreas Específicas

  • intercambio de estudiantes (addendum)
  • intercambio de información, documentación e invitaciones a congresos y conferencias en los sectores científicos y de investigación en los cuales ambas estén comprometidas de manera especial y en los cuales han alcanzado logros significativos
  • realización de programas de investigación y de intercambio cultural, dirigidos a integrar estudiantes, profesores e investigadores, además de la organización conjunta de conferencias y encuentros de carácter científico
  • intercambio de información sobre sus currículos de estudio y sus programas académicos y didácticos

RESUMEN

El propósito principal de este convenio es establecer contactos e intercambios entre los profesores, investigadores y estudiantes de la Universidad de Puerto Rico, Recinto de Río Piedras y la Universita Cattolica del Sacro Cuore.

Mecanismo de Cooperación

Se requerirá la firma de acuerdos específicos para la ejecución de los objetivos de este convenio.

Cada institución nombrará un coordinador o entidad coordinadora responsable de definir y organizar los convenios específicos entre ambas universidades, siempre y cuando no exista una unidad u oficina organizada para intercambio.

Aspectos Económicos

En la medida de lo posible, cada universidad será responsable de los gastos administrativos de las actividades de cooperación llevadas a cabo en su sede.

A no ser que se decida de manera diferente, a base a un convenio específico, los gastos de viaje y estadía de profesores, investigadores y estudiantes correrán por cuenta de los mismos interesados.

Publicaciones

Las publicaciones relativas a trabajos de investigación realizadas dentro del marco de este convenio deberán ser aprobadas por los organismos correspondientes de cada universidad y deberán mencionar el trabajo realizado como resultado del convenio. Si las obras intelectuales o de investigación son producto de un trabajo conjunto, ambas partes compartirán la titularidad de los derechos.

Intercambio de Estudiantes (addendum)

Selección de los Participantes:

Los candidatos deberán ser estudiantes a tiempo completo en la universidad de origen y estar cursando el segundo, tercero o cuarto año de la carrera de pregrado o el segundo o tercer semestre de un programa de estudios de posgrado.

Deberán aportar pruebas de rendimiento académico satisfactorio en la universidad de origen (una calificación no inferior a B en el caso de los estudiantes de la Universidad de Puerto Rico, y de 25 en el caso de estudiantes de la Universita Cattolica del Sacro Cuore).

Deberán presentar una solicitud formal que incluirá:

  • una certificación oficial de los cursos aprobados
  • dos cartas de recomendación y una justificación preparada por el interesado, indicando por qué le interesa participar en el programa.

Las partes establecerán un procedimiento formal para la selección recomendación de los estudiantes participantes en el programa de intercambio y designarán una oficina responsable de ejecutar el programa. En la Universita Católica del Sacro Cuore será la Oficina de Relaciones Internacionales y en Río Piedras será la Oficina de Estudiantes Internacionales y de Intercambio.

Las universidades enviarán un máximo de 5 estudiantes por año.

Aspectos Económicos:

Los estudiantes deberán hacer efectivo el pago de su matrícula en la universidad de origen por el periodo que dure el intercambio. Esto no incluye los costos del seguro de salud ni las cuotas estudiantiles y otros cargos especiales, los cuales deberán ser cubiertos por los estudiantes.

Cada estudiante estará a cargo de sus propios gastos personales (viaje, alojamiento, alimentación, etc.)

Selección de Cursos y Convalidación de Créditos:

Los estudiantes de intercambio deberán matricularse en un mínimo de doce (12) créditos a nivel de pregrado y seis (6) créditos a nivel de posgrado.

Los estudiantes podrán optar a cualquier curso, excepto aquellos en los que se les otorga prioridad a los estudiantes regulares de la universidad receptora.

Al finalizar cada semestre, el coordinador responsable de los estudiantes de intercambio enviará a la contraparte en la universidad de origen, una constancia o certificación oficial indicando los créditos y calificaciones obtenidas por cada estudiante de intercambio.


 

RESUMEN DEL CONVENIO CON LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE MADRID

 

Convenio de Cooperación Internacional entre la Universidad de Puerto Rico y la Universidad Autónoma de Madrid del 8 de noviembre de 2000

Unidad: Administración Central

Vigencia: 8 de noviembre de 2000 - 7 de noviembre de 2005

 

Áreas Específicas

Intercambio de:

  • estudiantes
  • docentes
  • investigadores
  • personal de administración
  • servicios

Intercambio de:

  • publicaciones
  • información sobre la actividad de ambas instituciones

Realización de Proyectos Conjuntos de:

  • docencia
  • investigación
  • organización de reuniones y seminarios
  • cualquier otro programa de interés para ambas instituciones

RESUMEN

Cada entidad tiene que designar un tutor responsable del Convenio, que se encargará de crear programas y darle seguimiento al Convenio.

El tutor debe elaborar anualmente un programa de actividades el el que se especifique las condiciones para intercambio.

Cada año, se aprobará el programa de actividades preparado por el tutor y el financiamiento del mismo.

Pago de Matrícula:

Los estudiantes pagarán la matrícula en la universidad de origen, quedando exentos del pago de la misma en la universidad receptora.

Por lo demás, las condiciones económicas del convenio deberán ser incluidas en un anexo al convenio.

Resolución de Diferencias:

En caso de que surja un conflicto derivado del convenio, se creará una Comisión Mixta encargada de resolver el mismo.


 

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